* Los días marcados con este estilo son inhábiles
El OAGRTL hace público el siguiente calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, de acuerdo con:
- El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (en vigor hasta el 1 de octubre del 2016).
- El artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en vigor a partir del 2 de octubre).
Hasta el 1 de octubre de 2016:
Se consideran días inhábiles los domingos y los días declarados festivos (art. 48 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre).
Se consideran días hábiles el resto de días del calendario, es decir, de lunes a sábado, siempre y cuando no sean festivos.
A partir del 2 de octubre de 2016:
Se consideran días inhábiles los sábados, los domingos y los días declarados festivos (art. 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Se consideran días hábiles el resto de días del calendario, es decir, de lunes a viernes, siempre y cuando no sean festivos.
Hasta el 1 de octubre del 2016, el cómputo de plazos viene regulado en el Capítulo II del Título IV de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 26 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
A partir del 2 de octubre del 2016, el cómputo de plazos viene regulado en el Capítulo II del Título II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.